Alumnos de Nivel Terciario
Para Nivel Inicial y Primario
Referencia: Calendario 2ª cuatrimestre
Fin cuatrimestre 27 de noviembre
Inscripción finales 30 de noviembre al 4 de diciembre
Mesas de exámenes del 7 al 22 de diciembre
Fecha elecciones Generales Consejo Directivo dia 2 y 3 de diciembre de 19.00 a 21.30 horas
IMPORTANTE quienes tiene interés en armar una lista para integrar el Consejo Directivo tiene como último plazo el día 13 de noviembre a las 19.00 horas
Referencia: Exámenes Finales
Instructivo para organizar las mesas de exámenes
- Las materias se aprueban con un mínimo de cuatro y pueden presentarse los alumnos que hayan aprobado la cursada con un mínimo de cuatro
- Los alumnos se inscribirán en la bedelía de cada nivel 48 horas antes de la primer fecha de cada llamado.
Los alumnos que lo necesiten solicitarán la constancia de examen el día de la inscripción.
- Los llamados son tres (febrero/marzo, julio/agosto, diciembre), aunque puede haber más de una fecha en cada llamado (1ª y 2ª)
- Los alumnos entregarán su libreta hasta 20 minutos después de iniciada la misma.
- En caso de no contar con la libreta, el alumno presentará un documento de identidad.
- El alumno mantendrá la condición de alumno regular durante cinco llamados consecutivos
- En caso de reprobación en tres instancias deberá recursarse la materia.
- La nota de la libreta será la del examen final.
- La nota de su certificado analítico es el promedio de la nota de la cursada con la nota del final.
Elecciones Generales Consejo Directivo período 2009
Cronograma
- Elecciones 2 y 3 de diciembre de 2009 de 19.00 a 21.30 horas
- Consulta de padrones en hall central y en bedelía desde el 1/10/09 1/11/09 de 19.00 a 21.00 horas
- Impugnación de padrones 1/10/09 al 31/10/09 de 19.00 a 21.00 horas
- Resolución de impugnaciones de padrones 2/11/09 a las 21.00 horas
- Constitución de la Junta Electoral 6/10/09
- Presentación de listas de candidatos del 6/10/09 al 13/11/09 a las 19 horas
- Oficialización de las listas 13/11/09 a las 21.00 horas
- Impugnación de listas hasta el 16 y 17/11/09 de 19.00 a 21.00 horas
- Resolución de impugnaciones el 17/10/09 a las 21.00 horas
El voto es OBLIGATORIO según el anexo II, artículo 7º del Reglamento Orgánico para Docentes, Graduados y Alumnos.
En caso de NO VOTAR se considerará falta GRAVE, siendo los infractores plausible de SANCIONES:
- apercibimiento por nota en el legado del Docente
- eliminación del padrón en el caso de Graduados
- Pérdida del turno de exámenes siguiente a la fecha de las elecciones
Deben figurar los siguientes datos:
- Candidatos titulares y suplentes: Apellido y nombres, DNI, profesorado, firma
- Avales: firma, aclaración, DNI, profesorado
- Apoderado: apellido y nombres, DNI, profesorado, teléfono, firma
- Ver carta modelo
4 consejeros titulares y 2 consejeros suplentes Representantes Docentes para el Consejo Directivo
Requisitos: ser docente titular o interinos de Nivel Terciario en carácter de profesor, Ayudante de Clases Prácticas, Bedeles o Preceptores.
Los ALUMNOS votan
4 consejeros titulares y 2 consejeros suplentes Representantes Alumnos para el Consejo Directivo
Requisitos: alumno regular de Nivel Terciario con 4 meses de regularidad en la carrera y cursando como mínimo 3 materias.
Los GRADUADOS votan:
1 consejero titular y 1 suplente Representantes Graduados para el Consejo Directivo.
Requisitos: graduado de Nivel Terciario y no cumplir tareas rentadas y estar inscripto en el padrón.
Padrones
- Los padrones alumnos contaran los estudiantes regulares de Nivel Terciario con 4 meses de regularidad en la carrera y cursando por lo menos 3 instancias curriculares.
- Los padrones docentes constaran de los docentes titulares e interinos de Nivel Terciario
- Los padrones graduados constaran de todos los graduados de Nivel Terciario que no participen de la plante docente de Nivel Superior de la Institución.
Reglamento Orgánico
Título II
Capítulo 1 “Gestión Institucional”
Art. 35
Consejo Directivo de Nivel Terciario
Art 36
Integración
El consejo directivo está integrado por el Regente, cuatro (4) representantes del claustro docente, cuatro (4) representantes del claustro estudiantil, y un (1) representante del claustro de graduados. Deberán preverse dos (2) suplentes para el claustro de estudiantes, dos (2) suplentes para el claustro docente y un (1) para el claustro de graduados.
El cargo de consejero es electivo, temporario y su desempeño “ad – honorem”
El Consejo Directivo es presidido por el Rector con voz y sin voto, excepto en caso de empate. En caso de ausencia del Rector presidirá las sesiones el Vicerrector
Art 37
Elección de Consejeros de Claustros.
Todos los Consejeros de claustros serán electos por sus pares en votación secreta, y podrán ser reelectos en tanto mantengan los requisitos para el cargo, conforme lo estipulado en este Reglamento y en el Anexo II que a todos los efectos forma parte integrante del mismo
Art 38
Mandato y vacancia del Consejo De Nivel Terciario
Los consejeros por el claustro de docentes duran en sus funciones cuatro (4) años.
Los consejeros por los claustros de graduados y de estudiantes duran en sus funciones dos (2) años. Las vacantes que se produjeran antes de la fecha de renovación serán cubiertas por los suplentes en el orden de la lista respectiva.
Art 39
Reelección
Todos los consejeros tienen posibilidad de ser reelectos por hasta otro período consecutivo de igual duración, en tanto mantengan los requisitos para el cargo.
Art 43
Sesiones y Quórum
El Consejo Directivo es convocado y presidido por el Rector
El Consejo Directivo celebra sesiones ordinarias durante el año académico una vez por mes como mínimo y sesiones extraordinarias cuando es convocado por el Rector o a pedido de por lo menos, mitad más uno de sus miembros. Los consejeros están obligados a concurrir puntualmente a las sesiones. La no asistencia a tres sesiones consecutivas o cinco alternadas, será causal de reparación del ejercicio de la función.
Art 44
Funciones del Consejo Directivo de Nivel Terciario
Son funciones del consejo directivo:
A) Promover el cumplimiento de las normas jurisdiccionales aplicables, del presente Reglamento orgánico y demás normas que en su consecuencia se dicten.
B) Convocar a elecciones de los cargos electivos y periódicos del nivel terciario de la Escuela Normal Superior, excepto los casos en que este Reglamento disponga otro cambio
C) Intervenir en la cobertura de cargos y horas cátedra en carácter de titular, interino o suplente, de acuerdo a la normativa vigente.
D) Aprobar la delegación provisoria de las funciones correspondientes a cargos o unidades faltantes en otra/s unidad/es observando criterios de compatibilidad y competencia y sin incremento presupuestario
E) Aprobar los programas anuales de trabajo de las distintas unidades de gestión del nivel terciario y los proyectos de docencia, investigación y extensión.
F) Aprobar la planificación del proceso de autoevaluación del nivel terciario, los informes correspondientes y las propuestas de mejoramiento
G) Reglamentar el procedimiento para otorgar equivalencias de materias aprobadas en toros establecimientos de Nivel Superior.
H) Evaluar y emitir opinión respecto de los proyectos de modificación de los planes de estudio vigentes realizados por las coordinaciones, el Regente y girarlo al Rectorado.
I) Asesorar al Rectorado en todos los asuntos que se sometan a su consulta, y/o crear comisiones ad – hoc para el asesoramiento y tratamiento de cuestiones específicas.
J) Emitir opinión sobre cuestiones que se interpongan contra las resoluciones de carácter académico, adoptarlas por el Rectorado.
K) Intervenir de acuerdo a su competencia, en la aplicación del sistema de convivencia del nivel terciario, definido por la normativa vigente.
L) Promover el funcionamiento de Centro de Estudiantes.
M) Convalidar la participación de la escuela Normal Superior en eventos científicos y académicos
N) Dictar el Reglamento de su funcionamiento
Referencia: curso de fonoaudiología
Se recuerda a las alumnas anotadas en este curso que el lunes 2 de noviembre se dictará la tercer clase de los ocho encuentros programados.
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